Resumen | |
[J] | Conflicto colectivo. Empresa de contact center que prohíbe a los representantes de los trabajadores repartir a los trabajadores comunicados e información en papel, para garantizar la intimidad de los clientes. Vulneración del derecho de libertad sindical.(publicado en Actualidad Diaria 4347 el 26 de enero de 2021) |
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En esencia alega la empresa recurrente que la actividad principal de la empresa es el Contact Center y que para el cumplimiento del objeto social es inevitable tratar con determinados datos personales de especial sensibilidad -información financiera de clientes finales, información médica...- lo que hace que la empresa haya de adoptar la instrucción sobre "escritorios limpios" que comporta la prohibición, entre otros, de distribuir información sindical en papel en las plataformas para garantizar la seguridad de los usuarios. La empresa ha de proteger el derecho a la intimidad del conjunto de los consumidores, es responsable de los datos personales cedidos por sus clientes y usuarios y está obligada a garantizar su protección, de conformidad con el artículo 28.1 del Reglamento UE 2016/679, sirviéndose del poder de dirección y organización que le otorga el artículo 20 ET. | |
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